Andrés Bello:
La construcción de un orden civil
fundamentado en la gramática
Eleucilio Niebles Reales
Profesor Titular - Universidad del Atlántico
Resumen:
La propuesta de una Gramática (Bello, 1847) que respondiera a los interrogantes post-independentistas sobre la identidad nacional en materia cultural no podía, por si sola, enfrentar la construcción de nación en Hispanoamérica por lo que Bello anuda a la misma la construcción de un orden civil. En la ponencia, se muestra cómo la Gramática y la Ley —en ese orden— estaban fuertemente ligadas, de acuerdo con la idea de que “las palabras de la ley se entenderían en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras” (Código Civil de Chile, Art.20). Así, los ciudadanos entenderán la Ley escrita en un lenguaje “correcto”, igual a como se intuían las reglas fundamentales de la gramática. La cohesión lingüística —además de evitar los males de una balcanización— posibilitaba en las naciones en ciernes un nuevo orden civil, visible en leyes claras para hacer realidad la ciudadanía. En nuestro país, Caro, con su creencia de que “régimen en gramática y gobierno en filosofía moral son en el fondo una misma idea” (Valderrama, 1991:333) imita y aprueba la posición bellista.
Una vez consolidada la lengua castellana, luego de que España alcanzara un apreciable desarrollo cultural en el siglo XV, la aparición de su primera gramática refrendaría la importancia del Castellano como idioma en formación. Así, surge la Gramática de la Lengua Castellana [1], de Elio Antonio Martínez de Cala Nebrija (1441-1522), publicada dos meses antes del descubrimiento de América —el 18 de agosto de 1492— cuyo autor, un humanista español formado en Salamanca y Bolonia, era conocedor de las concepciones modernas de la filología del momento y de los nuevos métodos de enseñanza que más tarde aplicaría en sus clases de gramática y retórica de las universidades de Salamanca y Alcalá [2].
A partir de allí, los estudios gramaticales cobrarían una inusitada fuerza en España a tal punto que se desarrollaría una gran tradición, la que más tarde se trasladaría a América. En la península, precisamente en el Siglo de Oro, Bartolomé Ximénez Patón, escribe en 1614 su obra Instituciones de la gramática española, que según los entendidos [3], esclarece temas relacionados con las categorías gramaticales que ya se adelantan a las propuestas que dos siglos después haría Andrés Bello (1781-1865) en América. Mucho después, en 1651, el padre Juan de Villar publica su renombrada Arte de la lengua española, obra que llama la atención por el tratamiento atinado que da a las partes de la oración [4]. Posteriormente, y como antecesor directo de Bello, aparece el hispano Vicente Salvá, quien en 1830 publica en París, Gramática de la lengua castellana según ahora se habla [5], trabajo que el mismo Bello [6] exalta y sugiere se lea, se consulte a menudo, pero que él precisamente revisaría y objetaría en muchas de las apreciaciones, que aparecen en su Gramática. El libro de Vicente Salvá probablemente lo habría influido para que en 1832 publicara el artículo titulado Gramática Castellana [7], considerado como una gran mirada crítica a las gramáticas que circulaban en la época (en ese mismo año, da a la publicidad Principios de derecho de gentes, un encomiado trabajo sobre derecho internacional). Lo que Bello plantea en ese artículo es que la lengua castellana no puede describirse acudiendo a categorías propias de la lengua latina, ya que existen diferencias muy claras entre todas las lenguas existentes. De igual manera, señalaba enfáticamente que una gramática debía representar no su pasado sino lo que era en la actualidad [8].
La aparición de otras obras convertiría a Bello en un referente imprescindible de los estudios gramaticales en el continente, destacando la importancia de los estudios filológicos y la gran atención que se le daría al saber sobre la lengua materna. Análisis ideolójica (sic) de los tiempos de la conjugación castellana, aparece publicada inicialmente en 1841 —aunque fue escrita antes de 1810—, y en 1835 ve la luz Principios de Ortología y Métrica de la lengua Castellana, fechada en 1882, con lo que empieza a notarse el interés de figuras de la política y otros sectores influyentes de la vida colombiana [9] por los aspectos gramaticales de la lengua materna. La Gramática de la lengua castellana destinada al uso de los americanos, publicada por Bello en varias reimpresiones (1847, 1857, 1870) originaría el interés de otro político colombiano, Marco Fidel Suárez (1855-1927) [10], quien le hace correcciones y publica Estudios Gramaticales (1885) con base en Bello. La Gramática de Bello originaría una avalancha de gramáticas castellanas, escritas por personajes de toda laya que ya apareciesen como tratados, manuales, compendios, epítomes, catecismos, breviarios o prontuarios, etc., se caracterizaban en su totalidad por el apego —en algunos casos a la letra— de lo que había establecido Andrés Bello en la materia y por ser manuales destinados a la enseñanza de la lengua materna. Tales publicaciones y su excesivo número es lo que determinaría posteriormente la aparición de la valoración —referida a nuestra cultura de base gramatical y retórica— de Colombia como “un país de gramáticos” [11].
Los antecedentes de la Gramática de Bello —y de su obra en general— deben rastrearse en su período de vida en Londres (1810-1828), en donde tuvo contactos con los literatos españoles emigrados, tales como Blanco White, Salvá, Villanueva, Puigblanc, Mora y Mendivil [12], en lo que se conoce como el período de influencia inglesa. Tal fase de su vida influiría para ver de otro modo la situación de las naciones americanas que buscaban con afán su identidad nacional. Así se observa cuando ya en 1829, estando en tierras americanas, en una carta que envió a Fernández Madrid a su regreso a Chile, Bello le dice: “Y aún no acabamos de desengañarnos de que la imitación servil de las instituciones de los Estados Unidos no puede acarrearnos más que estrago, desorden, anarquía, falsamente denominada libertad, y despotismo militar temprano o tarde” [13]. Esto lo lleva a pensar en maneras de coadyuvar a la transformación cultural de las naciones, y la educación es la única respuesta válida, al no encontrar otras alternativas. La opción de Bello por la educación como tabla de salvación de nuestros países toma forma entonces en una Gramática de la lengua castellana para los americanos, texto célebre en el ámbito de las letras americanas, que precisamente fuera anotado y complementado por los colombianos Rufino José Cuervo y Miguel Antonio Caro respectivamente. El propósito de la misma es resumido en el "Prólogo" —muchas veces citado de la edición de 1847 de su Gramática— en el que Bello establece claramente:
No tengo la pretensión de escribir para los castellanos (se refiere a España). Mis lecciones se dirigen a mis hermanos, los hablantes de Hispanoamérica. Juzgo importante la conservación de la lengua de nuestros padres en su posible pureza, como un medio providencial de comunicación y un vínculo de fraternidad entre las varias naciones de origen español derramadas sobre los dos continentes. Pero no es un purismo supersticioso lo que me atrevo a recomendarles. El adelantamiento prodigioso de todas las ciencias y las artes, la difusión de la cultura intelectual y las revoluciones políticas, piden cada día nuevos signos para expresar ideas nuevas [14].
Tales pensamientos expresan la necesidad de anudar como algo central en su proyecto emancipador, a la cultura, que se alcanzaría por vía de la lengua materna, en una relación entre las dos que ya se apreciaba desde sus primeros escritos como filólogo y gramático. Justamente, según Valderrama Andrade, son de relievar las apreciaciones de Amado Alonso en las que se destacan algunos principios gramaticales en Andrés Bello, tales como el de que cada lengua tiene su teoría particular, esto es, su gramática, y la correspondencia que existe entre lengua y cultura (“los pensamientos se tiñen del color de los idiomas”), lo que sería consecuente con una liberación de la gramática general motivada por hechos tales como la aparición de la recién nacida lingüística histórica, y las posturas del idealismo y empirismo filosóficos de ingleses y escoceses (Berkeley, Hume, Locke, Stuart Mill), notorios ya en la Filosofía del entendimiento, y del trato con el naturalista alemán Alexander von Humboldt, quien estuvo en Caracas de 1799 a 1800, así como es evidente también la influencia de los autores de la Grammaire de Port Royal (en lo relativo al análisis de los tiempos verbales), lo que era congruente con las bases racionalistas de su educación [15].
En detalle, y en referencia a su sistema gramatical, Angel Rosenblat [16] define cuatro principios muy claros en Bello, que se relacionan con el racionalismo mencionado: (i) analizar lo gramatical prescindiendo de la significación, (ii) analizarlo con independencia de los valores lógicos, (iii) verlo en su propia realidad castellana, libre de sus antecedentes latinos y (iv) verlo en su pleno funcionamiento gramatical. Esto último, la lengua en uso, como expresión del funcionalismo, es lo que hace importante su aporte a los estudios gramaticales de la lengua castellana, manifiesto en unas características que Emma Gregores [17], señala: Carencia de prejuicios e independencia de criterios, intuición gramatical, respeto por los datos, y rechazo de todo teorizar gramatical que no se apoye en los hechos e idea clara de que la gramática se debe limitar a describirlos y explicarlos [18]. Asimismo, otras características destacadas en Bello son su reacción contra la lógica y el purismo en gramática; el normativismo, limitado casi siempre a la idea —en terminología actual— de norma estándar; un enfoque puramente sincrónico, y por último, un sentido didáctico. Como se observa, en Bello hay una distinción explícita entre el llamado mentalismo que considera que el habla debe explicarse como un efecto de los pensamientos (intenciones, creencias y sentimientos) de los hablantes y el mecanicismo o mecanismo que establece que el habla debe revelarse por sus condiciones externas de aparición. En consecuencia, el trabajo realizado por Bello en su Gramática responde en general a una práctica descriptiva realizada al margen de toda consideración mentalista y sobre todo con abstención del sentido de las palabras.
El “sentido didáctico” de la Gramática, era congruente con su interés por la educación ya que según Rama, la labor de “educador continental” de Bello comprendía tres aspectos que configuraban una vieja tradición de origen hispano, una modernización que tenía como referente a Europa y “un atento conocimiento de la realidad social americana para adaptarse gradualmente a ella el progresivo trabajo educativo” [19]. El afán ilustrador de Bello se entiende en el contexto de una América recién salida de las batallas independentistas que no sabía administrar su libertad para acceder a un orden civil [20], una cultura y un progreso que espejeaban desde Europa, como modelo a seguir. Las masas iletradas sin embargo ofrecían un cúmulo de obstáculos insalvables que entorpecían cualquier proyecto educativo por lo que se pensó inicialmente en la lengua y la literatura como medios para implantarlo y quienes debían aplicarlo eran los intelectuales ilustrados que además poseían el poder.
Para Rama, Bello “fue siempre consciente de la función rectora de las élites pero también de que ellas trabajaban con relación a una determinada sociedad, a la que debían comprender y orientar” [21]. Esto no lo exime de su propia consideración mesiánica de predestinado, extensiva a los miembros de la “inteligencia” prominente de las ciudades y sus “ambientes institucionales o cultos; su centro operativo es la Universidad o los poderes estatales que disponen la realización de códigos o sancionan leyes o las revistas para el sector culto de los pocos alfabetizados” [22]. Lo que se logra establecer con claridad en esta interpretación de la labor realizada por Bello y el resto de intelectuales decimonónicos que Rama hace, es que dentro de los intereses de aquel estaba como objeto básico colocar a las humanidades en un lugar central de la recién-en-formación cultura independiente de Hispanoamérica, encargándola de la tarea difícil de “educar” o “culturizar” a las masas ignorantes del continente. Fuertemente posesionados de su papel como ilustrados, los neoclásicos van a encontrar la dura oposición de los románticos que intentan romper con la escasa recepción propia de las élites ilustradas y moldear públicos más grandes lo que se lograría subvirtiendo temáticas a tratar, recursos del lenguaje y actitudes hacia la realidad circundante. De la mano de los románticos [23], el adocenamiento sempiterno de la lengua da paso entonces a una propuesta más fresca de comunicación literaria que hace eco en públicos “incultos”.
En el debate, sin embargo, se evidencia que a ambas corrientes las subyace una base profundamente europea que aflora en cada una de las consideraciones particulares de los bandos en conflicto: mostrar la realidad nuestra a través de un discurso sustentado por una caracterización europea para alcanzar, como fin último, la autonomía americana en lo referente a la lengua (literatura) y en general a la cultura, para el caso de los neoclásicos. Y por otro lado, tratar de aclimatar un discurso europeo dentro de la realidad americana, pretensión que sería de los románticos. El hecho es que tal modelo es desbordado en la práctica por la realidad que los conmina a hablar de la “verdadera” realidad, apoyados por la imaginación de la poética romántica. En el fondo, ambos pertenecen a una elite que controla lo educativo, lo cultural. Tales intelectuales, correspondían obviamente a una minoría que detentaba poderes y usufructuaba otras cosas en las llamadas “ciudades letradas”, por oposición a una mayoría iletrada que recibía, mediante un régimen de transmisión unilateral, una cultura impuesta desde arriba. Para Bello es obvio que la libertad se obtiene a través de la educación y que ésta se relaciona directamente con el manejo adecuado de la lengua materna. El llevar esto a la práctica, sin embargo, es lo que plantea, los problemas de “ilustrar a una masa inculta”.
La Gramática (el libro), como el manual por excelencia podría servir para el efecto, ya que configurada desde su génesis como arte o ciencia de la letra, la gramática (el saber) implicará no sólo el conocimiento de las letras (lo que incluye la literatura) sino además todo lo que ellas representan. Lo que confiere el carácter didáctico a la gramática es que como un saber estatuido, su estudio estaría soportado por un sistema de reglas, que estaría además definida y reconocida como un arte, como “ars”, vale decir como una disciplina, como una enseñanza, puesto que según Sánchez de las Brozas, “el conocimiento se adquiere en el que aprende por medio de la enseñanza que recibe” [24]. Y finalmente que establezca unas leyes o prescripciones, en el sentido de imponer determinadas normas a través de sus preceptos que deben ser observados, sin dar lugar a contravenciones y que son el fruto del uso culto de la lengua propio de ciertos hablantes. Por ello, no es raro hallar que la gramática sea definida como “el arte o la reunión de reglas necesarias para hablar con corrección y escribir con propiedad la lengua castellana […]. Dichas reglas se han formado observando el modo como hablan y escriben las personas ilustradas, prefiriendo el uso de éstas al de las que no lo son, por ser más uniformes que el de las personas ignorantes” [25]. El elemento prescriptivo y normativo va a ser pues una constante en la gramática y ello va a consolidar, precisamente, su carácter como obra didáctica, materializada en la gramática-libro.
Pero, los argumentos que sustentaban tal proyecto educacional, extraído de un programa general de corte humanista, se apoyaban sólo en las consideraciones simplistas de que la educación daría al traste con las guerras y en lugar de ellas, florecería la paz ambicionada. De manera ideal, la educación de los pueblos, asumida como muy necesaria haría posibles, y quizás concretaría las ideas e ideales de autonomía, emancipación, libertad, justicia e igualdad, progreso constante, la creencia en un sujeto autónomo y libre, un rol cultural definido, la encarnación de una comunidad como espacio de diálogo social, el universalismo, la ampliación del espacio de lo público y la movilidad social que definirían la identidad de un sujeto educativo que trascendería hasta la modernidad. Así pensaba Locke, por ejemplo quien ya afirmaba en 1692, que “de todos los hombres con que tropezamos, nueve partes de diez son lo que son, buenos o malos, útiles o inútiles, por la educación que han recibido” [26], haciendo eco de un manifiesto general en boga, devenido ya como un postulado, a saber, que la educación era la solución incuestionable. Humboldt, en su orden, creería que había que colocarla lejos de su acción (la del estado),”pues le parecía sospechosa la instrucción pública” [27]. Hegel, contrariamente, estaría de acuerdo con que una educación pública garantizaría la universalidad de la instrucción, así, afirmaba: “Como sagrado debe permanecer el límite dentro del cual no es lícito al poder político entrometerse en la vida privada de los ciudadanos, igualmente indiscutible es la obligación del gobierno de hacerse cargo de los aspectos (como la instrucción) que tienen una más estrecha relación con los fines del estado, y a someterlos a reglamentación, según un plan” [28]. Tal ideal ilustrador general, trasplantado a la América hispana y mediado por la metrópoli, reiteraba el carácter de panacea de la educación
Una vez “constituidos” en estados-naciones, de manera similar a como había ocurrido en Europa [29], el nuevo sistema político implantado en los países hispanoamericanos afrontaría las mismas o similares dificultades que en su momento padecieron Francia, Inglaterra y España. Esta última, trasladaría a las provincias del imperio, los idénticos problemas de gobernabilidad que sufría la metrópolis, a saber poca cohesión social, escaso dinamismo de la administración pública, clientelismo, disparidad en los criterios de manejo de la política interior, una burocracia frondosa que parasitaba del estado, amén de otras, que sumadas, entorpecerían el camino hacia el nuevo estado. Las nuevas repúblicas hispanoamericanas, recién independizadas, ven en el estado-nación un nuevo modo de organización política, el camino al progreso, por lo que optan sin dilaciones por el novísimo sistema, sin pensar que también tendrían que luchar arduamente por lograrlo [30]. En tal contexto, aparecería el ciudadano cargado de múltiples responsabilidades, entre otras las de asumir el compromiso de reivindicar para la nación el establecimiento de una comunidad deliberativa, aspecto por demás ineludible para construir y perfeccionar la democracia en los últimos lustros del siglo XIX y comienzos del XX. Era, sin duda, la herencia de “la Revolución Francesa (que) depositó sus esperanzas igualitarias en la figura que acabó cifrando a la gramática de la política desde 1789: la ciudadanía/el ciudadano” [31]. Pero para que este nuevo ciudadano pudiera cumplir con semejantes funciones era preciso formarlo como tal, de lo cual se encargaría el mismo estado a través de un instrumento que parecía a todas luces eficaz: la instauración de un nuevo orden —un orden civil— a partir de la educación.
Incardinado en lo anterior, las gramáticas aparecen como el manual por excelencia para implantar tal orden civil, que explícitamente ya estaba a cargo de los innumerables catecismos republicanos de la época. En realidad, la gramática es una especie de trans-manual que acoge materias diferentes con el pretexto de “enseñar la lengua” y lo que se pretende no es solamente que el nuevo ciudadano hable y lea correctamente, sino también que se comporte, que actúe, que piense correctamente. Lo destacable de estas gramáticas residía en que si bien no aparecían explícitamente en los currícula de la época como los textos más importantes, se daba por descontado que fuesen el libro de cabecera de maestros, estudiantes e intelectuales en general. De hecho, su lectura era forzosa por parte de quien deseara ser culto o convertirse en letrado. Las familias pudientes alquilaban los servicios de un maestro a domicilio que enseñaba los rudimentos de la gramática a los integrantes de la familia nuclear y por aparte, a sus empleados y sirvientes. La popularidad de las gramáticas llegó a ser tanta que los periódicos de la época, las anunciaban junto a mercaderías diversas. La escritura de los prólogos de tales obras daba renombre a quienes lo hiciesen. En tales circunstancias, es posible observar cómo en las gramáticas se podían abordar temas de diversas materias por su carácter interdisciplinario per se. Prácticas sobre higiene (debo cepillar mis dientes diariamente), urbanidad (no hables con la boca llena), instrucción cívica (Juan iza la bandera colombiana), religión (no debes dejar de asistir a misa todos los domingos y fiestas de guardar), moral (todos debemos ser honestos), etc., aparecen de manera continua como formas subliminales, mimetizadas como ejemplos de oraciones afirmativas, negativas, interrogativas, imperativas, frases adverbiales, adjetivas, etc., en una gramática cualquiera. Huelga añadir que un maestro hábil explotaba, de acuerdo con sus intereses, tales ejemplos, incluyendo frases u oraciones de su cosecha con fines abiertamente proselitistas, y de acuerdo con el contexto sociopolítico imperante. Así, en la construcción de la ciudadanía uno de los temas más socorridos era el de ejemplarizar, para de manera deliberada formar al ciudadano con el pretexto de enseñar una que otra regla gramatical. De ahí el éxito del manual de gramática y su vigencia hasta nuestros días, transmutado como libro de español y literatura en el que hoy también aparecen temas tan disímiles como cine, bioética, ciencias, literatura, moral, sexo, política y deportes. Los otros manuales de la época, el de aritmética y geometría, el de ciencias naturales, el de historia sagrada, el de geografía no podían, por las obvias restricciones disciplinares, recoger los más variados temas que sí convocaba una gramática, acudiendo a un recurso aparentemente anodino y simple: la ejemplificación con frases. Tal fraseología, acuñada de manera casual podría darnos una gran información sobre la época si se analiza a la luz de lo arriba señalado. No sorprende entonces que se parezcan tanto, una gramática, un catecismo religioso [32], un manual de urbanidad, un catecismo republicano [33], un manual de higiene y un código civil.
Sobre este último, junto al derecho internacional, para Bello eran dos aspectos del mismo programa de orden. Según Jaksic,
[…] había también un aspecto individual, a partir del cual las personas comprendían, asimilaban y cumplían con las leyes. En un sistema republicano, en que la soberanía popular es reconocida por la constitución, los individuos debían, en el concepto de Bello, recibir una educación con un fuerte énfasis cívico. El primer artículo del código civil estipula que "La ley es una declaración de la voluntad soberana que, manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe, o permite". El artículo 20 agrega que, "las palabras de la ley se entenderán en su sentido natural y obvio, según el uso general de las mismas palabras". De este modo, Bello establecía una clara conexión entre lenguaje y ley, especialmente el lenguaje escrito, y enfatizó la necesidad de un acabado conocimiento del idioma castellano para comprender cabalmente el lenguaje de la ley. Desde la perspectiva del pensador venezolano, un orden republicano genuinamente basado en la soberanía popular requería una amplia comprensión y difusión de las leyes escritas. Esto a su vez requería que tales leyes fuesen redactadas de manera gramaticalmente correcta, y que la educación fuese universal. Dada la baja tasa de alfabetización en la Hispanoamérica del período, había mucho por hacer para que los ciudadanos tuvieran pleno acceso a las protecciones de la ley y para que las naciones fuesen verdaderamente republicanas [34].
La lengua materna para Bello, era “un importante medio de consolidación del orden nacional y de unidad continental”, tal como lo expresara en el famoso "Prólogo". La cohesión lingüística —además de evitar los males de una balcanización— posibilitaba en las naciones en ciernes un nuevo orden civil, visible en la comprensión de leyes claras para hacer realidad la ciudadanía. Bello “creía —afirma Jaksic— que un lenguaje común ayudaría además a curar las heridas del proceso de independencia, acercando a los pueblos en pugna: "Juzgo importante la conservación de la lengua de nuestros padres en su posible pureza, como un medio providencial de comunicación y un vínculo de fraternidad entre las varias naciones de origen español derramadas sobre los dos continentes" [35].
De hecho, ciertas similitudes entre la Gramática y el Código Civil [36] no dejan de sorprender. La primera aparece en 1847 y el segundo en 1855 (el 14 de diciembre es aprobado), pero ambos textos son escritos con cierta simultaneidad, pues los antecedentes de la Gramática se remontan a 1832 y los del Código a 1830. Formalmente, el Código fue realizado desde 1841, lo que muestra que en algún momento Bello estuvo escribiendo en los dos textos al mismo tiempo. Ambos, para empezar, tienen como fundamento la noción de autoridad. El Código, estaba sustentado por el Corpus Iuris Civilis, las Siete Partidas de Alfonso X, las leyes castellanas reunidas en la Nueva y en la Novísima Recopilación, el Code Napoléon, entre otros. La Gramática, atendía a los principios de autoridad de los grandes escritores clásicos: Quevedo, Cervantes, Calderón, Tirso de Molina, etc. Ambos responden a improntas propias del tradicionalismo, el conservatismo, lo culto, lo dogmático, el apego a la fría razón de la ley o de la lógica, o del uso. Los sentimientos, las emociones son sofocadas por un cuerpo racional de normas y definiciones. Los caracteres generales, también son comunes a ambos: (i) la sumisión a una regla exterior al sujeto (el antimentalismo arriba mencionado), (ii) el culto a la razón, al raciocinio y (iii) el exagerado respeto por la tradición. El hablante, lo mismo que el juez, ante la Gramática o el Código, carecen de facultades discrecionales, ya que sólo tienen como opción la aplicación de un texto. Las famosas polémicas gramaticales por la utilización indebida de un vocablo, fueron en el siglo pasado, disputas cruentas, y el apego exagerado a la ley dio —en muchas ocasiones— al traste con los mas altruistas proyectos. Las categorías legales, lo mismo que las categorías lingüísticas pueden ser consideradas como estrictas o rigurosas pero poseen un valor sin discusión. Y ambos, comparten una tipología didáctica.
Las afinidades no se detienen allí: a la Gramática se la considera como “un identificador cultural y, al serlo, es como la Constitución de la lengua” [37]. Para Caro, “régimen en gramática y gobierno en filosofía moral son en el fondo una misma idea” [38], y la gramática, según Cuervo, “es la discreción del buen lenguaje” [39], en una clara alusión al campo diplomático, en lo relacionado con el derecho internacional [40], otro de los temas del “orden” en Bello, pues en el período postindependentista no sólo había que ordenar el interior de la casa sino también conseguir el reconocimiento de las nuevas naciones por parte de las potencias europeas, para quienes las recién conformadas repúblicas ni siquiera existían. En suma, el manual de urbanidad no era otra cosa que la gramática de las buenas maneras, un catecismo religioso era la gramática de lo espiritual y lo moral, el manual de higiene era una gramática del “cuidado de sí” [41], un catecismo republicano era una gramática de la civilidad y el código civil, una gramática de las leyes.
Notas:
[1] Reconocida además, no sólo como la primera gramática (castellana) de la lengua materna sino también como la primera sistematización de una lengua vulgar de que se tenga noticia...
[2] El compromiso de Nebrija con la tarea pedagógica lo llevó a considerar que el conocimiento del castellano era comparable con el del latín de donde se desprende su argumento de que si el conocimiento de esa lengua era expresable en una gramática, entonces en Castellano también se podía hacer lo mismo. Las gramáticas griegas y latinas, precisamente, constituían el principio y fundamento de toda cultura hasta cuando Nebrija intenta “poner debaxo de arte” o “reduzir en artificio” a la lengua castellana mediante una gramática.
[3] Cfr. Juan M. Lope Blanch, Notas sobre los estudios gramaticales en la España del Renacimiento, Universidad del Zulia, Venezuela, en Anuario de Filología, año I (1962).
[4] Juan M. Lope Blanch, op. cit., p. 29.
[5] Gramática de la lengua castellana según ahora se habla, ordenada por D. Vicente Salvá, 5ª. edición, mucho más aumentada que las anteriores, París, Librería de D. Vicente Salvá, 1840.
[6] Andrés Bello, Gramática de la lengua castellana destinada al uso de los americanos, 1847.
[7] El artículo en mención apareció en “El Araucano”, el 4 de febrero de 1832. En: Andrés Bello, Obras Completas, V, Caracas, 1951, pp. 233-309.
[8] Gramática Castellana, p. 176.
[9] Miguel Antonio Caro, Rufino José Cuervo, Rafael Uribe Uribe, Diego Mendoza Pérez, entre muchos. Para obtener un buen listado de tales figuras, consúltese a Malcolm Deas, Del Poder y la Gramática y otros ensayos sobre Historia, Política y Literatura colombianas, Bogotá, Tercer Mundo, 1993 y Raymond Williams, Novela y poder en Colombia 1844-1987, Bogotá, Tercer Mundo, 1992.
[10] Presidente de Colombia en el periodo de 1918-1921.
[11] En una columna de un periódico bogotano se alude a una noticia que publica el diario norteamericano Miami Herald el 12 de agosto de 2001 en la que se refiere al uso eufemístico que los colombianos hacen de los términos sobre la guerra por miedo a que una palabra equivocada pueda hacerlos matar. “Otros —dice textualmente la nota— dicen que es en parte el resultado de una nación propensa a usar legalismos grandilocuentes pero vacíos”. La columna local termina señalando: “Pues al fin y al cabo, todos (se refiere a los miembros de los bandos en conflicto) son de Colombia, país de gramáticos”. Cosa del Día. País de gramáticos, El Tiempo, sábado 8 de septiembre de 2001, p.1-12. (El subrayado es nuestro).
[12] Miguel Antonio Caro, Escritos sobre Don Andrés Bello, edición, introducción y notas de Carlos Valderrama Andrade, Bogotá, Instituto Caro y Cuervo, 1981. pág. XXII.
[13] Ibid., p. XXV. (El subrayado es nuestro).
[14] Cfr. el Prólogo del mismo Bello, en Andrés Bello, Gramática de la lengua castellana destinada al uso de los americanos, 1847.
[15] Miguel Antonio Caro, Escritos sobre Don Andrés Bello, edición, introducción y notas de Carlos Valderrama Andrade, Bogotá, Instituto Caro y Cuervo, 1981. p. LVII.
[16] Ibíd., p. LIX.
[17] Emma Gregores, “Las raíces del pensamiento gramatical de Bello”, en Andrés Bello: Estudios realizados en conmemoración del centenario de su muerte (1865-1965), La Plata, Universidad Nacional de la Plata, Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, 1966, pp. 94-95.
[18] O. Ducrot y T. Todorov, Diccionario Enciclopédico de las Ciencias del Lenguaje, Bogotá, Siglo XXI, 1980, p. 47.
[19] Ibid., p. 13.
[20] Hablar de un orden civil, remite necesariamente a la idea de la existencia de otro orden, que sería totalmente distinto al primero. Para ahondar en sus diferencias se parte de la consideración de que la sociedad puede estar compuesta por individuos que hacen vida familiar —que por supuesto no desisten de ella— y que van a ganarse la vida entre la producción o la prestación de servicios y el comercio, esto es, una sociedad cuyos miembros ni son militares ni poseen votos religiosos. “El orden civil está compuesto por aquéllos que no se dan un orden institucional propio distinto de aquel que incluye, define y norma la vida de todos los ciudadanos de un país. Ni podrán usar de la violencia para realizar sus fines, ni éstos se apartarán específicamente de los del común, que son, primordialmente, el mantenimiento y la progresión de la vida biológica y económica”. Véase Jorge Valls, Sobre la sociedad civil, disponible en [www.psrdc.org/archivo/agenda44.htm]
[21] Ibíd., p. 14.
[22] Ibíd., p. 14.
[23] Uno de los primeros románticos, populistas, heredero de la tradición francesa sería precisamente el argentino Esteban Echeverría (1805-1851).
[24] Montoya Gómez, op. cit., p. 25.
[25] Por ejemplo en José Belver, Compendio de Gramática, Santafé de Bogotá, Imprenta de Echeverría Hermanos, 1887, p. 3.
[26] John Locke, Pensamientos sobre la educación, Madrid, Akal, 1986, p. 31.
[27] Dómenico Losurdo, "Hegel y la educación", en: La libertá dei moderni, Roma, Editorial Riuniti, 1992. Versión de Alcibíades Paredes (Comp.), Hegel y la Educación, en Alegría de pensar, Bogotá, FICA, 2005, p. 130.
[28] Ibíd., p.132.
[29] En general se alude que el estado es un invento europeo que tardó en establecerse desde el siglo XIII hasta el siglo XIX.
[30] En efecto, para el caso particular nuestro, en Colombia, si bien no existían las ciudades estados, existían las regiones, fuertemente autonomizadas por el caudillismo, la geografía y la cultura; y si bien nos independizamos de un imperio, este continuaba perviviendo a través de los grupos sociales que funcionaban con sospechoso parecido, a través de unas elites que reencarnaban viejos y aún nuevos problemas, lo que quizá era peor que lidiar con el Imperio; y con respecto al Papado, en lo local, un paraestado lo constituyó sin duda la Iglesia, que le discutía a los otros sectores, poderes, potestades y jurisdicciones.
[31] Revista Fractal, Los Orígenes, disponible en: [http://fractal.com.mx/origenes.html]
[32] Muy parecido a éste, estaba también el llamado Catecismo Moral, como el Catecismo de moral, de Rafael Vázquez, aparecido en 1857.
[33] También llamados catecismos políticos como El Catecismo Político, de José Grau, que data de 1821. En 1864 apareció El Catecismo Republicano, de la autoría de Cerbeleón Pinzón.
[34] Iván Jaksic, La república del orden: Simón Bolívar, Andrés Bello y las transformaciones del pensamiento político de la independencia. Historia (Santiago). [online]. ago. 2003, vol.36 [citado 02 Septiembre 2006], p.191-218. Disponible en la World Wide Web: [http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0717-71942003003600008&lng=es&nrm=iso] También el Derecho Internacional...
[37] Juan Carlos Vergara, representante del tema (la gramática) en la Academia Colombiana de la Lengua, en Yina Ramos, “Actualizarán la Gramática”, El Tiempo, domingo 27 de agosto de 2006, p. 3-9. (El subrayado es nuestro).
[38] Valderrama, op. cit., p. 333.
[39] Es una cita que atribuye Cuervo a Miguel de Cervantes, sin especificar su procedencia, en Rufino José Cuervo, Apuntaciones críticas sobre el lenguaje bogotano, séptima edición, Bogotá, A. Cortés M., 1939, p. XXXV.
[40] Sobre este último, además de escribir sobre aspectos gramaticales, era frecuente que nuestros letrados abordaran además temas de derecho internacional. En su momento lo hicieron, Bello, Caro, Santiago Pérez, Diego Mendoza, Rafael Uribe Uribe...
[41] Como lo definiría Foucault...
________________________________________
© Eleucilio Niebles Reales
LA CASA DE ASTERIÓN
ISSN: 0124 - 9282
Revista Trimestral de Estudios Literarios
Volumen VII – Número 27
Octubre- Noviembre-Diciembre de 2006
PROGRAMA DE HUMANIDADES Y LENGUA CASTELLANA
FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS - FACULTAD DE EDUCACIÓN
UNIVERSIDAD DEL ATLÁNTICO
Barranquilla - Colombia
El URL de este documento es:
http://casadeasterion.homestead.com/v7n27bello.html